este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
Primero: Se absuelve ciudadano MANUEL ANTONIO GARCÍA PÉREZ, venezolano, de 31 edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.615.091, hijo de Carmen Yolanda Pérez y de Felipe García, de oficio colector de unidades de transporte público en Ocumare del Tuy en la Línea Unión Chara; con domicilio en la Población el Piloncito, Calle Bajada del Melao, Casa S/N°, al frente del Estadio del Piloncito, casa de color verde, de la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 277 del Código penal, 458 y 218 en su numeral 1°, en perjuicio de de la Compañía HIDROLÓGICA DEL CARIBE (HIDROCARIBE) y del ESTADO VENEZOLANO.
Segundo: Como consecuencia de la presente decisión se ordena el cese de toda medida de coerción personal que haya sido decretada en contra del acus.....