Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana, YENILIN MARIA LA ROSA, contra el ciudadano ERASMO JOSE DIAZ MARIN, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de la niña y condena al progenitor a suministrar la Cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 180.000.oo) mensual, en el mes de AGOSTO la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 360.000,oo) PARA ÚTILES ESCOLARES Y UNIFORMES, En El Mes de Diciembre la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 360.000,oo) , para ropas, calzado y juguetes. Todo de conformidad con los artículos 75, 76, 78 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 30, 365, 366, 369 y 371 de la LOPNA.
Dada, firmada y sellada en la .....