En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: LUIS RAFAEL CAMPOS PÉREZ y MERCEDES LIDUVINA ASTUDILLO DEYAN, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.741.818 y V- 14.290.699, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio HÉCTOR VELÁSQUEZ MÁRQUEZ, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.141 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los unía y que contrajeran por ante el Juzgado Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito Judicial del Estado S.....