DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la Querella interpuesta por el ciudadano RAMÓN RODRÍGUEZ, Venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 09.453.196, asistido por el abogado Freddy González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 31.794, contra EL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE