Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada MILDRED EVELYN GUERRA EDGEHILL, Defensora Pública Primera en materia Penal de Responsabilidad del Adolescente, quien es Defensora de los Adolescentes J. M. H. R., Y. J. C. C., L. M. H. R. y A. J. G. M.,, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en 01 de Marzo de 2013, mediante la cual decretó LA DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los adolescentes antes mencionados, en la causa seguida en sus contra por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automot.....