En razón de la jurisprudencia y norma parcialmente transcrita supra, y por cuanto en nuestro caso se trata de un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el No. 1-A, piso 1, del Edificio Costa Azul, ubicado en la Avenida Cristóbal Colon (Avenida Perimetral), Parcelamiento Miranda Sector A, Parroquia Valentín Valiente, del Municipio Sucre del Estado Sucre en Cumaná, debe este tribunal impretermitiblemente ORDENAR LA SUSPENSIÓN DE LA CAUSA por el lapso de noventa (90) días hábiles, a los fines de que se cumpla estrictamente con el procedimiento y requisitos establecidos en los artículos 10, 11, 12 y 13 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, llevada por el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, Dirección General de Inquilinato, Asesoría Legal y Coordinación, adscrita a la Gerencia Estatal de INAVI Sucre; En consecuencia, este Tribunal ORDENA LA SUSPENSIÓN DE LA CAUSA por el lapso de novent.....