En consecuencia, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario con el fin de remitirle copia certificada de la decisión emitida por este Juzgado en fecha 24/10/2008, donde se decretó la Suspensión Condicional del Proceso, a los fines de que se sirva designar un delegado de prueba que vele por el sometimiento del acusado Luís Rafael Cardie Baldán, a las condiciones impuestas, y remita informe evolutivo y final una vez concluido el período de prueba; ello en virtud de que dicha información no fue remitida en su oportunidad a dicho organismo. En ese sentido se ordena notificar a las partes sobre lo acá resuelto, con señalamiento expreso en la boleta que sea librada al acusado, que a partir de la presente fecha podrá iniciar sus presentaciones por ante la Unidad Técnica de Apoyo.....