Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Primero, de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, de la Causa Signada con el N°-RP11-P-2004-000295. EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el Penado: Eulises Del valle Castillo, Titular de la Cedula de Identidad N°-15.555.724. fue condenado a cumplir la pena de Un (1) Año, y Dos (2) Meses de Prisión, mas, las accesorias Legales establecidas en el artículos 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Lesiones Personales Graves,