CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 15 de Abril de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000295
ASUNTO: RP11-P-2004-000295


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Primero, de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, de la Causa Signada con el N°-RP11-P-2004-000295. EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el Penado: Eulises Del valle Castillo, Titular de la Cedula de Identidad N°-15.555.724. fue condenado a cumplir la pena de Un (1) Año, y Dos (2) Meses de Prisión, mas, las accesorias Legales establecidas en el artículos 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el artículo 417. del Código Penal, y como quiera que Consta en Auto que el referido penado, no estuvo, detenido, Ahora bien en Virtud de que la pena Impuesta a los referidos Penado no excede, de Tres (3), Años, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Acuerda Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario-Carúpano, a los Fines que le sea Practicado, Informe, Psico-Social, al Penado: Eulises Del valle Castillo, Titular de la Cedula de Identidad N°-15.555.724. Quien Opta, al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de Conformidad con el Articulo, 494,del Código Orgánico Procesal Penal; Igualmente se Acuerda Oficiar a la División de Antecedente Penales-Caracas, a Objeto de que Remita a la Mayor Brevedad Posible a este Tribunal, la Certificación de Antecedente Penales, correspondiente al Penado, en Cuestión. Notifíquese a las Partes, y .-Háganse las participaciones de Ley.-
El Juez Primero de Ejecución


ABG. JESUS ARMANDO RIVERA

El Secretario

Abg.WENDY VALERIO.