Desestima la solicitud Fiscal y le Decreta la Libertad Plena al imputado: IZAZI MENDOZA JOSE ANGEL Venezolano, residenciado en Caiguire, Monte Piedad, casa s/n, Cumaná, Titular de la Cédula de Identidad No-14.285.646 de conformidad con lo establecido en el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese en consecuencia, Boleta de Libertad anexo a oficio al Director del Internado Judicial de Cumaná. Notifíquese a la Defensa Privada, Abg Hernán Ortiz, a la Fiscal Undécima del M.P y remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público para que continúe con las presentes investigaciones.