Por las razones expuestas este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la Dra. BERTA JOSELIA SANTAELLA ALCALA, contra el libelo de la demanda presentado por la ciudadana MORALVA J, RONDÓN DE PARRA asistida por lo abogados ENNIO R, DIAZ G, Y RITA E, ANDRADE S.-----------------------------------
Condénese en Costas a la parte demandada por haber resultado vencida en la presente incidencia. Así se decide.