Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: que es COMPETENTE este Tribunal para conocer y decidir la presente Regulación de Competencia.
SEGUNDO: CON LUGAR el RECURSO DE REGULACIÓN DE COMPETENCIA interpuesto en fecha 12 de Abril de 2016, por el abogado JESUS REAL MAYZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 33.439, actuando su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ECDEISA RODRIGUEZ DE LLORENS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.759.944, parte demandante, contra la decisión interlocutoria dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 04-04-16.
TERCERO: Que el Tribunal COMPETENTE para conocer de l.....