este Tribunal de Juicio, actuando conforme al artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo que las boletas emitidas al acusado han sido dirigidas sólo a la Avenida El Islote casa Nª 105 de Cumaná; se acuerda subsanar la omisión en que se ha incurrido, a los fines de garantizar la comparecencia del acusado a los actos procesales y con ello los principios de celeridad procesal y tutela judicial efectiva. Asimismo se fija el día 02 de abril de 2012 a las 8:30 a.m., como fecha y hora para la realización del acto de CONSTITUCION DEL TRIBUNAL MIXTO