Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de conformidad con los artículos 263, 264 y 265 del Código Procesal Civil, da por consumado el desistimiento del procedimiento realizado por el ciudadano JORGE LUIS JAIMEZ , venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 19.082.494, impartiéndole su HOMOLOGACION por remisión expresa del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, otorgándole fuerza de COSA JUZGADA ya que es ley entre las partes., así mismo se declara TERMINADO el presente procedimiento y se ORDENA el ARCHIVO del presente expediente. Y ASI SE ESTABLECE.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZA.
ABG. ANTONIETA COVIELLO M.