este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Resuelve: Se acuerda Declinar la Competencia en la Corte de Apelaciones del Estado Sucre, por ser la instancia competente para pronunciarse sobre la solicitud del abogado Germis Muñoz, defensor del acusado Frank Manuel Véliz Véliz, de que este Tribunal corrija error cometido en acta de audiencia preliminar, en donde supuestamente se admitieron las pruebas promovidas por su parte y no aparece en dicha acta el pronunciamiento del Tribunal, dejando en estado de indefensión a su defendido. Todo conforme a lo pautado en los artículos 77, 176 del Código Orgánico Procesal Penal.