Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados OSWALDO PEREIRA LEÓN y LUÍS GERARDO MUÑOZ, actuando con el carácter de Defensores Privados de los ciudadanos INDALECIO PÉREZ, NELSON MARTÍNEZ, JOSÉ LUÍS MATA, EMILIO LONGART, OMAR BERROTERÁN, ERICK SIERRA, JHON CABALLERO y ORLANDO ANTONIO CONTRERAS, contra la decisión dictada en fecha 29 de Diciembre de 2010, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los ciudadanos antes mencionados, por estar presuntamente incursos en la comisión de los delitos de CONTRABANDO DE COMBUSTIBLE EN LA MODALIDAD DE TRÁFICO, previsto y.....