JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, MARITIMO, BANCARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, 15 de Marzo de 2.006.
195° y 147°
Vista la solicitud de Medida Cautelar innominada, formulada por el apoderado judicial de la parte actora, con el objeto de evitar la ejecución de la entrega de inmueble de autos, en el juicio de Resolución de Contrato de Arrendamiento llevado por ante el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta de este Primer Circuito Judicial, al respecto este Tribunal, estima pertinente realizar las siguientes consideraciones:
Establece el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, que para ser procedente el decreto de una medida cautelar, deben acreditarse dos requisitos a saber: El Periculum in mora y el fomus boni iuris, adicionalmente a ello, cuando se pretenda el decreto de u.....