El día, martes 15 de marzo de 2005, siendo las 9:30 de la mañana, previa la habilitación del tiempo necesario, se trasladó y constituyó el tribunal, en un inmueble conformado por una casa de habitación ubicada en la calle Nueva del Barrio Miramar, Parroquia Santa Inés del Municipio Sucre del Estado Sucre, en compañía del ciudadano PEDRO AGUSTIN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-517.526, parte actora en el juicio de desalojo incoado contra ANIBAL JOSE PAREJO CHIRINOS, ante el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el que decretó el desalojo y entrega del inmueble por parte del demandado. La parte actora está debidamente representada en este acto por el abogado MARCOS JAVIER SOLIS