este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de Divorcio fundamentada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil incoada por la ciudadana PAULINA DEL CARMEN GONZALEZ ESPINOZA, portadora de la cédula de identidad Nº V-16.486.799, asistida por el abogado en ejercicio JULIO RAFAEL ROJAS, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el N° 162.621; contra el ciudadano LUIS DENNIS ROSALES GALAN, portador del pasaporte N° E-83011720101, quien estuvo representado por la abogado en ejercicio LIGIA GAMBOA BARRETO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.313, quien actuó como defensor ad-litem; y en consecuencia declara: DISUELTO el matrimonio contraído por ambas partes, por ante el Registro Civil, Parroquia Raúl .....