Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por los ciudadanos Gloria Damalys Jiménez de Luigi, Rosana Coromoto Farias, Luisa Rafaela Torres Aray y Pedro Nelson Martínez Sánchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº. V.- 6.189.346, V.- 11.338.456. V.- 8.850.574 y V.- 3.409.206, asistidos por los abogados Mario Dettín Rubiños y Cruz Mercedes Velásquez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 47.019 y 75.104, respectivamente, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL ESTADO SUCRE.