DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho, que anteceden, éste Tribunal Primero de Juicio Unipersonal de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Culpable y en consecuencia SANCIONA al adolescente OMISSIS, Venezolano, de 17 años de edad, nacido en fecha 26-11-1993, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, natural de Carúpano, identificado con la cedula de identidad N° 25.413.944, hijo de Anais Rodríguez y Javier Suniaga, domiciliado en: la Urbanización Charallave, Calle Páez, Casa n° S/N, cerca del abasto el Platanal de Bartola, Carúpano, Municipio Bermúdez; del Estado Sucre; a cumplir la sanción de AMONESTACIÓN, conforme a lo establecido en el artículo 620, literal "A", de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en virtu.....