este Juzgado Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley estima procedente y ajustado a derecho ACORDAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN solicitada a favor del JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.420.916de 61 años de edad, estado civil Casado, Profesión u oficio Jubilado, Grado de instrucción segundaria incompleta, Teléfono 0294-332.0164 y domicilio en la Urbanización Caracho, calle Principal, Casa N° 7 de color blanco y marrón, en construcción Parroquia Santa Rosa, del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a fin de garantizar su integridad física y de su grupo Familiar, oportuna participación en el proceso penal y la misma consiste en recorridos policiales permanentes y visitas a su residencia, de conformidad con el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 24 de la Ley de la Victima y Testigos, qué consistirá en Recorridos Policiales y Visitas Domiciliari.....