Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta EL Sobreseimiento de la presente causa seguida contra Víctor Wilfredo Gerome, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.939.261 y domiciliado en el callejón N°2, casa S/N, Barrio Ajuro, Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4° del código penal en perjuicio de Humberto Mata, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal. Notifíquese.