este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, planteada por la ciudadana CARMEN ELOINA RODRIGUEZ DE LEMUS, portadora de la cédula de identidad N° V-5.078.753, asistida por los abogados en ejercicio FREDDY GONZALEZ y LORENA ODOARDI, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros: 31.794 y 209.882, en ese orden, contra la ciudadana INGRIS DEL VALLE RODRIGUEZ BERROTERAN, portadora de la cédula de identidad N° V-12.519.830, representada judicialmente por los abogados en ejercicio LIGIA GAMBOA BARRETO y JOSE ARMANDO PEÑA MARQUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 111.313 y 38.019 respectivamente. Así se decide.