Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano: Freddy Fabián Dicuru, venezolano, natural de Guiria, de 36 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 13.846.988, de profesión u oficio Albañil, nacido el 20-01-1973, hijo de Simona Dicuru y Juan Dicuru, y residenciado en la Calle Bolívar, Calle Principal, Casa S/N, frente al Mercal, Rió Grande Arriba, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de Una Adolescente, ampliamente identificada en autos. Todo de conformidad con lo dispu.....