Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal SEXTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano LUIS RAMON SUAREZ SEGURA, venezolano, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 05.083.311, casado dibujante, nacido en fecha 25 01-57, hijo de Ramón Suárez y Epifanio Suárez, residenciado en la calle Junin casa numero 52 de esta ciudad, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el tercer aparte, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, más las accesorias del art.....