Con base a todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por DIVORCIO fundamentado en la causal Segunda (2da.) del artículo 185 del Código Civil vigente, incoada por el ciudadano JESÚS RAFAEL URBANEJA, venezolano, mayor de edad, con domicilio en Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad N° 6.152.394, asistido por la abogada en ejercicio PATRICIA ELENA CORDERO, inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado), bajo el Nro. 39.780; contra la ciudadana NELLYS DEL VALLE NATERA DIAZ, venezolana, mayor de edad, actualmente con domicilio en la Población de Quebrada Seca, Parroquia San Fernando, Municipio Montes del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.954.323
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La presente decisión se dicta en el último día de su lapso legal.