En consecuencia, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN del ACTA DE DEFUNCIÓN, del extinto LUIS RAMÓN FIGUEROA RUIZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, agente policial del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.213.479 y que tuvo como su último domicilio el sector Valle Lindo, callejón La Torre, casa s/n, de Canchunchú Viejo, parroquia Santa Catalina, municipio Bermúdez del estado Sucre; incoada por su concubina, ciudadana FRANCES LILIANA ESPINOZA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.883.347 y del mismo domicilio del finado; en consecuencia en el ACTA DE DEFUNCIÓN, del extinto LUIS RAMÓN .....