Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero Y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial Del Estado Sucre, actuando de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: la PERENCIÓN BREVE de la instancia en la presente demanda por Cobro de Bolívares incoada por los ciudadanos DIANEIRA JOSEFINA SANCHEZ DE TINEO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.951.993 y PEDRO EVARISTO TINEO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.882.071, asistidos por el ABG. CATALINO GONZALEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 45.432 contra los ciudadanos RAFAEL ANTONIO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.301.106 y RODOLFO JOSE SANCHEZ ANDARCIA venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.437.828. SEGUNDO: Como.....