Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano SIMÓN DE LA TRINIDAD VASQUEZ COVA, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 20.357, actuando en su propio nombre y representación, en la presente causa; contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejias del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha catorce (14) de Mayo de 2015. En consecuencia DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo establecido en el artículo 267 ordinal 3° del artículo del Código de Procedimiento Civil,
Queda de esta manera CONFIRMADA la sentencia apelada.