este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano Ramón Emilio Ruiz Navas, al ciudadano OSWALDO LUIS MARTOS ALVAREZ, venezolano, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.058.916, nacido en fecha 11/05/1964, de oficio Contador Público y residenciado en la Urbanización la Querrella, edificio Lucy, piso 2, apartamento 301, Valencia, Estado Carabobo; defendido por la abogada YELIXZY GALANTÓN ZERPA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente el Veintiséis (26) de Agosto del 2012, más las accesorias de Ley previstas en el .....