D E C I S I Ó N
Por los motivos precedentemente establecidos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS FELIPE LEAL TOTESAUT, actuando con el carácter Defensor Privado del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, contra la Sentencia dictada en fecha 04 de mayo de 2006, por el Tribunal de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual sancionó al referido acusado a cumplir la sanción de cuatro (4) años de privación de libertad, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de JENNIFER GERALDINE RAMOS VIÑA. SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida. Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada, en Cumaná, a la f.....