Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara confeso al ciudadano LUIS ARTURO DIAZ FIGUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.281.571 y en consecuencia, se declara CON LUGAR la presente solicitud de ESTABLECIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, a favor de su hijo DAVID FERNANDO DIAZ MEDINA, intentada por el abogado José Gregorio León Bejarano, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, con competencia en el Sistema de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia, quedando obligada la parte demandada a sufragar el TREINTA POR CIENTO (30%) de todos sus ingresos, por lo que se ratifica la retención preventiva del treinta por ciento (30%), de todos los ingresos del ciudadano LUIS ARTURO DIAZ FI.....