En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA, correspondiente al "LIBERTAD CONDICIONAL" en el asunto seguido al Penado: JHONNY ALBERTO GUERRA LEÓN, venezolano, mayor de edad, nacido en Carúpano Estado Sucre, en fecha 04-04-1984, soltero, titular de la cédula de Identidad Nº 17.020.606