Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado por la parte presuntamente agraviada el ciudadano ANGEL MANUEL NUÑEZ abogado, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 176.937, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MELICIO RAFAEL RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N°. V- 9.974.620, contra de la sentencia de fecha 21 de julio de 2025, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre; TERCERO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
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