DECISIÓN
Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Su COMPETENCIA, para conocer y decidir el recurso contencioso Funcionarial, interpuesto en fecha 04 de agosto de 2009, por la ciudadana Ely Ricardi de Farias, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.273.029, asistida por los Abogados Marinela Romero y Julio Arias, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 70.640 y 119.981, contra la Gobernación del estado Sucre.
SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, por haber operado la caducidad.