este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el procedimiento especial de admisión de los hechos, condena a ANULFO JOSE DIAZ, quien señalo ser venezolano, natural de Cumaná, de 38 años de edad, casado, nacido en fecha 27/12/1971, titular de la cédula de identidad Nº V-12.666.653, hijo de Jesús María Amaya (F) y Petra del Carmen Díaz, residenciado en Calle las Delicias, sector las Colinas, detrás del Conscripto, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de de TRES (03) AÑOS ONCE (11) DÍAS Y SEIS (06) HORAS, por la comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO previsto y sancionado en el artículo 456, en perjuicio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, en perjuicio del ciudadano ORLANDO JOSE MARQUEZ.