este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: con lugar la solicitud presentada la representante del Ministerio Público, en consecuencia, se acuerda imponer medidas cautelares sustitutivas, contenidas en el literal B del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los ciudadanos adolescentes XXXXXde que se les otorgue la libertad sin restricciones a sus auspiciados. En relación a la solicitud de calificación de flagrancia, este Tribunal declara con lugar la detención de los adolescentes de autos, como flagrante, pero ordena seguir el presente asunto por la vía del procedimiento ordinario. Asimismo, una vez conste las resultas de los exámenes médicos legales de los adolescentes en actas, en caso de calificarse lesiones, se remita posteriormente copia certificada de las lesiones a la Fiscalia de Derechos Fundamentales. Lí.....