Visto el escrito de Cuestiones Previas presentados a este Tribunal en fecha 20 de julio de 2004, por el ciudadano HECTOR JOSÉ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.919.068, en su carácter de Apoderado de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de junio de 1930, bajo el N° 387, Tomo 2, cuya última reforma de su documento constitutivo-estatutario quedó inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 18 de diciembre de 2003, bajo el N° 10, Tomo 164-A Pro; tal como se evidencia del documento poder que corre inserto a este expediente; mediante el cual alegó la Cuestión Previa contenida en el numeral 6to. Del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil por no haberse llenado en el libelo los requisitos contemplados en los ar.....