Declarada como ha sido procedente la falta de Cualidad e Interés del actor ciudadano CARMELO BAUTISTA VERA, no resulta necesario para quien aquí decide analizar y resolver las demás defensas opuestas por la parte demandada.- Y así se declara.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.-) PROCEDENTE la defensa de fondo de Falta de Cualidad alegada por la parte demandada, a través de sus Apoderados Judiciales JORGE CAMINO y DEYSI GALANTON, plenamente identificados en autos;
2.-) SIN LUGAR la presente demanda de ACCIÓN DE DAÑO EMERGENTE Y LUCRO CESANTE DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, seguida por el ciudadano CARMELO BAUTISTA VERA, contra CARLOS JOSE BENITEZ.-. Así se decide.
3.-) Se condena en costas actora por haber resultad.....