este Tribunal Mixto Primero de Juicio actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: UNICO: UNANIMIDAD declara culpable, al acusado ANGEL EDUARDO ACOSTA JIMENEZ, venezolano, con cédula de identidad N° 18.210.698, profesión indefinido, domicilio en Urb. Bebedero, Calle N° 2, Vereda 60, casa N° 3, de esta ciudad, hijo de Lesbia Jiménez y Luis Acosta, de los delitos de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos en los artículos 460 y el artículo 278 ambos del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de CARLOS ALEJANDRO RODRIGUEZ y el Estado Venezolano; en consecuencia, se le condena a cumplir la pena de Diez (10) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, cuya pena se cumplirá aproximadamente para el año 2.016, pena esta que es el resultado del concurso de delito y calculada en base al termino mínimo de la pena establecida para los citado delitos, de conformidad con lo establecido en el a.....