DISPOSITIVA:
POR LAS RAZONES ANTES EXPUESTAS ES POR LO QUE ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL CON COMPETENCIA EN MATERIA DE ILICITOS ECONOMICOS Y FRONTERIZOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 2 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA a los acusados DIEGO RAFAEL CORDOVA, Venezolano, natural de Carúpano, nacido en fecha: 19-02-1977, de 39 años de edad, de profesión u oficio Chofer, Titular de la Cédula de Identidad Numero V-12.784.163, hijo de Diego Córdova y Grisolia González, residenciado en la residenciado en el calle el Golfo el Pilar, casa S/N, Municipio Benítez del Estado Sucre y LUIS ONESIMO ACOSTA MARCANO Venezolano, natural de Carúpano, nacido en fecha: 21-03-1987, de 29 años de edad, de profesión u oficio obrero, Titular de la Cédula de Identidad Numero V-17.957.251, hijo de Onesimo Acosta y ca.....