En mérito a lo expuesto este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA como FLAGRANTE LA APREHENSIÓN de los Adolescentes OMISSIS (VARIOS); en la investigación relacionada con la comisión de los delitos de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado el artículo 153 del Ley Organiza de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 582, Literal "C" en relación con los artículos 8 y 539, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y OFENSA A FUNCIONARIO PUBLICO, tipificado en los artículos 218 y 222, respectivamente, todos del Código Penal Venezolano vigente; y ORDENA continuar el presente proceso por el Procedimiento Ordinario, conforme al artículo.....