Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en atención a lo dispuesto en los artículos 103 y siguiente de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa decreta MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA que consiste en la SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO contenido en la Providencia Administrativa numero Nº 08/2014, de fecha 16 de enero de 2014, y a tales fines se ordena librar oficio a la Inspectorìa del Trabajo del Estado Sucre a los fines legales pertinentes, y así se establece. Líbrese Oficio. Cúmplase.
La jueza.
Abg. Jhinezkha Duerto Vasquez