Vencido el lapso concedido y no habiendo ningún impedimento para la práctica de la Medida el Tribunal declara Judicialmente Amparado en la Posesión, el lote de terreno antes descrito y donde se encontró constituido, haciendo de conocimiento del querellado, y notificado que no podrá realizar cualquier acto perturbatorio de la posesión que tiene el ciudadano Mauricio Antonio Rojas Quijano; absteniéndose de efectuar actos de esa naturaleza, en virtud de que la medida en referencia se ha dictado y practicado a favor del antes mencionado querellante, ciudadano: Mauricio Antonio Rojas Quijano.-