Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA las Medidas de Libertad Asistidas y Reglas de Conductas por la del Cumplimiento de la Medida de Privación de Libertad, por el lapso de Cuarenta y Cinco (45) días, debiendo el sancionado cumplirla en la Comandancia de Policía, procediéndose en éste acto a descontársele en este acto el lapso de Veintiséis (26) días de detención, faltándole por cumplir el lapso de diecinueve (19) días de privación de libertad, venciendo la misma el 03-08-2009. De conformidad con lo establecido en el artículo 628 literal C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
El Secretario
Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Mildred De Simone