este Tribunal Primero de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena notificar a la ciudadana YANIRIS RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.190.223, con domicilio en el Parque Nacional Mochima, Isla los Caracas, sector La Negada, Estado Sucre, que debe completar dentro de un lapso de (03) Tres días los requisitos de forma faltantes en su escrito presentado ante este Tribunal, para así subsanar su escrito de querella.
Notifíquese a la ciudadana YANIRIS RIVERO de la presente decisión y a los fines de que comparezca dentro de un lapso de (03) Tres días, después de su notificación, a completar los requisitos de forma faltantes en su escrito de querella presentado ante este Tribunal.
Notifíquese a los ciudadanos YARUMA MARCANO y FELIX RIVERO, sobre la presente querella a los fines de que puedan ejercer su derecho a la defensa y oponerse a la admisión de la presente querella.....