Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de protección de Niños, Niñas y Adolescentes, accidental del segundo circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la RECUSACION interpuesta en fecha Trece (13) de Junio de 2018, por la Ciudadana Silena del Valle Rodríguez de Pereira, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.945.439, asistida por el Abogado Vicente Villarroel, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.087, en contra de la Jueza Accidental de este Juzgado Superior. SEGUNDO: SE CONDENA A LA PARTE RECUSANTE, a pagar una multa de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,00) al Fisco Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil.-
Insértese, Publíquese, Regístrese, Edítese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia y déjese Copia Certificada en este Juzgado, Guárdese en formato digital.....