este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR la pretensión de DIVORCIO fundamentada en el ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil, incoada por la ciudadana TAHAMARA JOSEFINA FRANCO CORCEGA, portadora de la cédula de identidad Nº V-10.297.643, representada por el abogado en ejercicio DIEGO ALVAREZ FRANCO, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el N° 147.757; contra el ciudadano JORGE MIGUEL CENTENO COLL, portador de la cédula de identidad Nº V-5.880.960, representado por la abogada en ejercicio LUISA HERMINIA BASTARDO RUIZ, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el N° 56.177. Así se decide. Segundo: CON LUGAR la reconvención por DIVORCIO con fundamento en el ordinal 2° del artículo 185 ejusdem, planteó el ciudad.....