Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en decisión del Juez de Juicio , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "INJURIAS GRAVES QUE HAGAN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMUN ", fundamentado en el artículo 185 causal 3° del Código Civil que intentara la ciudadana ADONAY JOSEFINA MUJICA BRUZUAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 20.329.540 y domiciliada en la urb. El portal de la Laguna, calle A, n°: 17, Municipio Garcia,, Estado Nueva Esparta, asistido por la Abogada MARTHA HOYOS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el n°: 20.355 en contra del ciudadano BRIGDIS DANIEL ESPIN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº:14.886.163